Artículo 11 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 11 dice que un delito se considera cometido en el momento y lugar donde se juntan todos los elementos que la ley describe para ese delito. Por ejemplo, si alguien roba, el delito ocurre en el instante y sitio donde se lleva a cabo el robo, no donde después se encuentre lo robado. Básicamente, la ley se fija en dónde y cuándo se realizan las acciones que están prohibidas, como tomar algo ajeno sin permiso. Esto sirve para saber qué juez o autoridad debe investigar el caso.
Texto oficial
ARTÍCULO 11.- (Momento y lugar del delito). El momento y el lugar de realización del delito son aquellos en que se concretan los elementos de su descripción legal. CAPÍTULO III APLICACIÓN PERSONAL DE LA LEY
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