Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13319/12
Ley
CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
12

Artículo 12 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas de este Código solo aplican para personas que ya tengan 18 años cumplidos. O sea, si eres menor de edad, no te pueden aplicar estas leyes. También significa que, a partir de los 18, cualquier persona puede ser juzgada con base en este Código. En resumen, la edad penal aquí empieza a los 18 años.

Texto oficial

ARTÍCULO 12.- (Validez personal y edad penal). Las disposiciones de este Código se aplicarán a todas las personas a partir de los dieciocho años de edad. CAPÍTULO IV CONCURSO APARENTE DE NORMAS

Ver texto oficial del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.