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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13319/212
Ley
CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
212

Artículo 212 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 212 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene validez. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo ya no aplica para nada. Así que no hay ninguna regla que seguir ni ninguna obligación que cumplir en ese artículo. Ahora hay que fijarse en el Capítulo II, que habla sobre revelar secretos.

Texto oficial

ARTÍCULO 212.- Derogado. CAPÍTULO II REVELACIÓN DE SECRETOS

Ver texto oficial del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.