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Artículo 266 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no aplica porque fue derogado, es decir, lo quitaron de la ley. No tienes que preocuparte por él ni te afecta en nada, porque ya no existe como regla vigente. Si buscas información sobre el ejercicio abusivo de funciones, debes revisar leyes más recientes.

Texto oficial

ARTÍCULO 266.- Derogado CAPÍTULO V EJERCICIO ABUSIVO DE FUNCIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 98) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.