Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 41 de la LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación de la CDMX, junto con el DIF y la Secretaría de Inclusión, tiene que hacer programas para dar becas. Esas becas son para mujeres que han sufrido violencia o están en riesgo. También pueden recibir becas las personas que dependen de ellas, como sus hijos. El objetivo es apoyar a estas mujeres para que puedan estudiar o capacitarse.

Texto oficial

Artículo 41. La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México, en colaboración con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México y la Secretaria de Inclusión y Bienestar Social; deberá formular programas de otorgamiento de becas dirigido a mujeres víctimas de violencia y en situación de riesgo, así como a sus dependientes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.