Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 54 de la LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El acceso a la justicia para las mujeres es el derecho que tienen a que las autoridades de la Ciudad de México —como dependencias, entidades y Alcaldías— hagan valer sus derechos en asuntos civiles, familiares, penales y otros. Esto significa que el gobierno debe tomar acciones como darles protección, acompañarlas en el proceso legal, darles un abogado que las represente y, si es necesario, reparar el daño que hayan sufrido. En pocas palabras, no es solo que existan leyes, sino que las instituciones actúen para que las mujeres puedan defender sus derechos de manera real y efectiva.

Texto oficial

Artículo 54. El acceso a la justicia de las mujeres, es el conjunto de acciones jurídicas que deben realizar las dependencias, entidades de la Ciudad de México y las Alcaldías para hacer efectiva la exigibilidad de sus derechos en los ámbitos civil, familiar, penal, entre otros. Implica la instrumentación de medidas de protección, así como el acompañamiento, la representación jurídica y, en su caso, la reparación del daño.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.