Artículo 56 de la LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En la ley se dice que cuando una mujer sufre violencia, va a haber abogadas o asesores legales que la apoyen en los juicios o trámites. Estas personas pueden representarla legalmente si ella no tiene dinero para pagar a un abogado por su cuenta. Así, las mujeres víctimas de violencia pueden recibir ayuda gratis para defenderse y buscar justicia.
Texto oficial
Artículo 56. En la esfera de la procuración y administración de justicia, se contará con abogadas victimales y asesoras o asesores jurídicos que coadyuven con las mujeres víctimas de violencia, quienes podrán tener la representación legal de aquellas mujeres que no cuenten con los medios económicos suficientes para contratar una o un defensor particular.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.