Artículo 12 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo puede crear un reglamento que se llama Código de Ética del Turismo, que son las reglas de comportamiento para quienes trabajan en el sector. También puede dar ideas para hacer un plan de trabajo y proponer medidas para que se respeten los derechos de los turistas. Si alguien viola esos derechos, el Consejo puede dar recomendaciones. Además, puede sugerir acciones para prevenir delitos relacionados con el turismo en la Ciudad de México, como dar información para que la gente sepa cómo evitarlos y denunciarlos. Por último, puede hacer otras cosas que le permitan esta ley, otras leyes o reglamentos que tengan que ver con el turismo.
Texto oficial
Artículo 12. El Consejo tendrá las siguientes atribuciones: I. Expedir el Código de Ética del Turismo; II. Hacer propuestas para la elaboración del Programa; III. Proponer las medidas para garantizar el cabal cumplimiento de los derechos de los turistas; IV. Emitir las recomendaciones pertinentes en casos de violaciones a los derechos de los turistas; V. Sugerir acciones preventivas y dar una amplia difusión a fin de prevenir, evitar y denunciar actividades delictivas relacionadas con el turismo en la Ciudad de México; y VI. Cualquier otra que le otorgue la presente Ley, otras leyes, el Reglamento u otros ordenamientos aplicables en la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.