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Ley
LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
26

Artículo 26 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo va a buscar que se invierta en crear y mejorar lugares turísticos que sean accesibles para toda la gente, no solo para los que tienen dinero. También va a juntar esfuerzos con otras personas o grupos para mejorar la atención en esos sitios, sobre todo en lugares donde la gente pueda vivir mejor gracias al turismo. Todo esto es para que más personas puedan disfrutar de los servicios turísticos y, al mismo tiempo, ayudar a que las comunidades de esos lugares tengan una mejor calidad de vida.

Texto oficial

Artículo 26. La Secretaría promoverá inversiones que tiendan a incrementar las instalaciones destinadas al Turismo Social, que tengan por objeto la prestación de servicios turísticos accesibles a la población. Asimismo, promoverá la conjugación de esfuerzos para mejorar la atención y el desarrollo de aquellos lugares en que pueda ser susceptible elevar el nivel de vida de sus habitantes, mediante su participación en la actividad turística.

Ver texto oficial de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 14) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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