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Artículo 28 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo de la Ciudad de México se encargará de construir, renovar y mejorar los hoteles, restaurantes y demás lugares turísticos que formen parte del patrimonio de la ciudad. Para lograrlo, usará programas de inversión, asistencia técnica y créditos, ya sea con su propio dinero o con apoyo de otras dependencias del gobierno. Además, los dueños de negocios turísticos, sean personas o empresas, deben mantener en buen estado sus instalaciones y adaptarlas para que personas con discapacidad puedan entrar, disfrutar y sentirse cómodas. Esto incluye tener espacios, productos y materiales adecuados, como lo pide el reglamento. La Secretaría también ayudará a estos propietarios a cumplir con las adaptaciones necesarias, ofreciendo facilidades y financiamiento a través de sus propios programas o de otras oficinas del gobierno de la ciudad.

Texto oficial

Artículo 28. La Secretaría por medio de programas de inversión, asistencia técnica, asesoría y financiamiento, propios o de cualquier otra instancia del Gobierno de la Ciudad de México, impulsará y realizará la construcción, renovación y mejora de la Planta e infraestructura turística que forme parte del Patrimonio Turístico. Párrafo reformado G.O. CDMX 04/04/2024 Asimismo, las personas físicas y morales propietarias de bienes muebles e inmuebles donde se desarrollen actividades turísticas deberán mantener en buenas condiciones la infraestructura de dichos bienes, previendo su accesibilidad, disfrute y adecuación a las necesidades de personas con algún tipo de discapacidad, para lo cual, deberán contar con espacios, productos y materiales para que su estancia y actividades sean placenteras, en los términos que señale el Reglamento. La Secretaría coadyuvará al cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior a través de programas de facilitación y financiamiento, propios o de otras dependencias del Gobierno de la Ciudad de México. Párrafo reformado G.O. CDMX 04/04/2024

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

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