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Artículo 30 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo de la Ciudad de México va a hacer estudios de mercado y consultar su registro de turismo para convencer a empresas y grupos sociales de que creen cadenas de negocio alrededor de los lugares turísticos, ya sean nuevos o ya existentes. Esto significa que busca que hoteles, restaurantes y otros negocios locales trabajen juntos para echar a andar la economía y ayudar a que la región crezca.

Texto oficial

Artículo 30. La Secretaría, a través de la realización de estudios sociales y de mercado, así como de la consulta al Registro Turístico de la Ciudad de México, estimulará y promoverá entre la iniciativa privada y el sector social, la creación y operación de cadenas productivas y redes de valor en torno a los desarrollos turísticos nuevos y existentes, con el fin de impulsar la economía local y buscar el desarrollo regional. Artículo reformado G.O. CDMX 04/04/2024 CAPÍTULO IV DE LAS ZONAS DE DESARROLLO TURÍSTICO SUSTENTABLE Y ZONAS DE DESARROLLO TURÍSTICO LOCAL

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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