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Ley
LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
53

Artículo 53 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo va a apoyar a los negocios de turismo, como hoteles o agencias de viaje, ofreciéndoles préstamos y otros beneficios económicos. Esto lo hará a través de programas con la intención de que inviertan en mejorar sus instalaciones, como construir más cuartos o arreglar zonas para turistas. La idea es que los prestadores de servicios turísticos tengan más facilidades para crecer y ofrecer un mejor servicio a los visitantes.

Texto oficial

Artículo 53. La Secretaría impulsará la actividad turística a través de programas y proyectos que tendrán por objeto el otorgamiento de financiamiento, estímulos e incentivos a los prestadores de servicios turísticos, con la finalidad de fomentar la inversión en infraestructura turística.

Ver texto oficial de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 22) ↗

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