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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13358/72
Ley
LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
72

Artículo 72 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo es el grupo de personas encargadas de hacer el Código de Ética de Turismo para la Ciudad de México. Ese documento solo será válido si todos los miembros del Consejo están de acuerdo con lo que dice. La ley se actualizó en abril de 2024.

Texto oficial

Artículo 72. El Consejo será el encargado de la expedición del Código de Ética de Turismo para la Ciudad de México, el cual deberá ser aprobado por consenso de sus miembros. Artículo reformado G.O. CDMX 04/04/2024

Ver texto oficial de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 36) ↗

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