Artículo 73 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para hacer el Código de Ética del Turismo en la Ciudad de México, el Consejo tiene que pedir la opinión de la Comisión, de los turistas y de los hoteles, restaurantes o agencias de viaje. La forma en que van a recoger las opiniones de los turistas y de los prestadores de servicios se va a definir en el Reglamento, que son las reglas detalladas de la ley. También deben tomar en cuenta lo que dice el Código Ético Mundial para el Turismo, que es un documento internacional hecho por la Organización Mundial del Turismo.
Texto oficial
Artículo 73. En la elaboración del proyecto de Código de Ética de Turismo para la Ciudad de México, el Consejo tomará en consideración la opinión de la Comisión, de los turistas y de los prestadores de servicios turísticos. Párrafo reformado G.O. CDMX 04/04/2024 La opinión de los turistas y de los prestadores de servicios turísticos será recabada en los términos previstos en el Reglamento. Asimismo, se deberá considerar lo establecido el Código Ético Mundial para el Turismo, adoptado por la Organización Mundial del Turismo. TÍTULO SÉPTIMO CAPÍTULO ÚNICO DE LA VERIFICACIÓN Y DE LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES
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