Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13422/1
Ley
LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
1

Artículo 1 de la LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley es de cumplimiento obligatorio para todas y todos en México, y busca beneficiar a la sociedad en su conjunto. Significa que nadie puede estar por encima de lo que dice, ni hacer acuerdos privados que la ignoren. Su propósito es proteger los intereses de la mayoría, no los de unas cuantas personas.

Texto oficial

Artículo 1o.- La presente ley es de orden público e interés general.

Ver texto oficial de la LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.