Artículo 2 de la LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría Social de la Ciudad de México es una oficina del gobierno de la ciudad, pero funciona por su cuenta, como si fuera una empresa independiente. Tiene su propio dinero y puede hacer trámites legales sin depender de otra dependencia. Además, cuando hace su trabajo, nadie—ni jefes ni otros funcionarios—puede darle órdenes o decirle qué hacer. Esto sirve para que actúe con libertad y ayude a la gente sin presiones.
Texto oficial
Artículo 2o.- La Procuraduría Social de la Ciudad de México es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública de la Ciudad de México, con personalidad jurídica y patrimonio propios. En el desempeño de sus funciones no recibirá instrucciones o indicaciones de autoridad o servidor público alguno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.