Artículo 3 de la LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría Social sirve para que tú, como ciudadano, grupo o representante de tu colonia o pueblo originario en la Ciudad de México, puedas defender tus derechos sociales y los relacionados con los servicios que ofrece el gobierno, los permisionarios (personas con permiso para un servicio) y concesionarios (empresas que tienen una concesión). Siempre deben actuar con legalidad, imparcialidad y honestidad. Pero no se meten en asuntos electorales, laborales, de servidores públicos, derechos humanos ni en temas que ya estén en juicio. También se encargan de que se cumpla la Ley de Propiedad en Condominios, ayudando con funciones y servicios para resolver problemas entre vecinos, y creando formas de participación ciudadana y buena convivencia en los condominios y asambleas.
Texto oficial
Artículo 3o.- La Procuraduría Social tiene por objeto: a) Ser una instancia accesible a los particulares, agrupaciones, asociaciones, organizaciones y órganos de representación ciudadana electos en las colonias o pueblos originarios de la Ciudad de México, para la defensa de sus derechos sociales y los relacionados con las actuaciones, funciones y prestación de servicios a cargo de la Administración Pública de la Ciudad de México, permisionarios y concesionarios, observando en todo momento los principios de legalidad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, honestidad, transparencia, y demás relativos y aplicables. Quedan exceptuados lo referente a las materias electoral, laboral, responsabilidad de servidores públicos, derechos humanos, así como los asuntos que se encuentren sujetos al trámite jurisdiccional. b) Procurar y coadyuvar al cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominios de Inmuebles vigente para la Ciudad de México, a través de las funciones, servicios y procedimientos que emanen de esta Ley. c) Crear, instrumentar, difundir y aplicar mecanismos de participación ciudadana y sana convivencia entre todos aquellos que habiten en un condominio y/o participen en la Asamblea General que refiere la Ley de Propiedad en Condominios de Inmuebles vigente para la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.