Artículo 24 de la LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría tiene que poner oficinas en cada alcaldía de la Ciudad de México para cumplir con su trabajo. Esas oficinas serán como sucursales locales y deben seguir las reglas que digan cómo orientar y atender a la gente que pida los servicios. Todo lo que hagan tiene que ir de acuerdo con esas normas.
Texto oficial
Artículo 24.- Para el debido cumplimiento del objeto de la presente Ley, en lo que hace a sus atribuciones y funciones, la Procuraduría deberá contar con Oficinas Desconcentradas en cada una de las Demarcaciones Territoriales, mismas que sujetaran su actuación apegados a los lineamientos normativos de orientación y atención, respecto a los servicios que proporcionados por la Procuraduría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.