Artículo 6 de la LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría es la oficina del gobierno que se encarga de recibir, procesar y darle seguimiento a las quejas que se mencionan en esta Ley. Cuando alguien presenta una queja, ellos la reciben, la revisan, la atienden y deciden cómo terminarla. Es como el mostrador principal donde se gestionan todos los reclamos, sin necesidad de ir a otra dependencia. Así que, si tienes un problema, aquí es donde debes acudir para iniciar el trámite.
Texto oficial
Artículo 6o.- La Procuraduría será la instancia administrativa para recepción, trámite, seguimiento y conclusión de las quejas a que se refiere esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.