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Artículo 9 de la LEY DE LA PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 9 dice que la Procuraduría está formada por cuatro partes principales. La primera es el Consejo de Gobierno, que es como el grupo que toma las decisiones importantes. La segunda es el Procurador, que es el jefe de la institución. La tercera son los Subprocuradores, que son los ayudantes del jefe. Y la cuarta son las Unidades Administrativas, que son las oficinas o áreas de trabajo que se crean según las reglas internas de la Procuraduría.

Texto oficial

Artículo 9o.- La Procuraduría se integrará por: I. El Consejo de Gobierno; II. El Procurador; III. Los Subprocuradores; IV. Las Unidades Administrativas que determine su Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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