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Artículo 8 de la LEY DE LA INSTITUCIÓN DESCENTRALIZADA DE SERVICIO PÚBLICO “SERVICIO DE TRANSPORTES ELÉCTRICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO”

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una persona pueda ser Director General o Subdirector, necesita ser mexicano o mexicana y tener todos sus derechos ciudadanos activos. También debe ser alguien honorable, honesto y con experiencia o habilidad para el puesto. No debe haber sido declarado en quiebra ni haber cometido delitos comunes. Tampoco puede estar castigado o impedido legalmente para manejar negocios o actividades comerciales.

Texto oficial

Artículo 8 Para ser Director General o Subdirector se requiere ser ciudadano mexicano en el pleno ejercicio de sus derechos; tener reconocida rectitud, solvencia moral y capacidad, y no haber sido declarado en estado de quiebra o concurso ni haber sido condenado por delitos comunes, o inhabilitado para el ejercicio del comercio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.