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Artículo 15 de la LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Directivo tiene estas tareas principales: 1. Proponerle a la Asamblea General el plan de trabajo del Consejo. 2. Hacer propuestas para crear o cambiar el Reglamento del Consejo. 3. Pedir y revisar los reportes de las Comisiones, y luego presentarlos a la Asamblea General. 4. Pedir la información que las Comisiones necesiten para hacer su trabajo. 5. Enviar a las Comisiones los asuntos que le consulten al Consejo. 6. Aprobar el horario de sus reuniones normales. 7. Cumplir con otras funciones que digan otras leyes o reglamentos. 8. Hacer todo lo necesario para que el Consejo cumpla con su objetivo.

Texto oficial

Artículo 15.- El Comité Directivo cuenta con las siguientes atribuciones: I. Someter a consideración de la Asamblea General el programa de trabajo del Consejo; II. Desarrollar la propuesta de Reglamento así como de sus reformas; III. Solicitar y conocer los informes de las Comisiones y someterlos a consideración de la Asamblea General del Consejo; IV. Solicitar la información que las Comisiones requieren para el desarrollo de sus funciones; V. Turnar a las Comisiones los asuntos que son consultados al Consejo; VI. Aprobar su calendario de sesiones ordinarias; VII. Las demás previstas en otras leyes o reglamentos; y VIII. Las demás análogas al cumplimiento del objeto del Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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