Artículo 25 de la LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que los Consejeros que son elegidos para ser los jefes de las comisiones se encargan de organizar y dirigir las investigaciones, consultas y discusiones sobre temas importantes para la Ciudad. Los mismos miembros de cada comisión proponen y eligen a su propio jefe, según las reglas internas. En las comisiones permanentes, el jefe dura 3 años y puede repetir el cargo solo una vez más. En las comisiones temporales, el jefe dura lo que dure la comisión o hasta que se nombre a otra persona.
Texto oficial
Artículo 25.- Las personas titulares de las Comisiones son las y los Consejeros encargados de coordinar los trabajos de investigación, consulta, análisis, debate y, en su caso, de propuesta de los asuntos que son consultados al Consejo o de aquellos que son de interés estratégico para la Ciudad, de acuerdo de la Comisión de que se trate. Las personas titulares de las Comisiones son propuestas y designadas por los Consejeros y Consejeras integrantes de la Comisión, de conformidad a lo establecido en el Reglamento y durarán en su encargo: I. En el caso de las Comisiones ordinarias un periodo de 3 años, con la posibilidad de reelección por un periodo adicional; y II. En el caso de las Comisiones especiales, duran en su encargo el mismo periodo de existencia de la Comisión especial o, en su caso, hasta la designación de una nueva Titularidad de la Comisión de que se trate.
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