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Artículo 7 de la LEY DE INGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que ninguna otra ley que no sea el Código Fiscal de la CDMX, la Ley de Austeridad o esta misma Ley puede darte descuentos, perdonarte impuestos o tratarte como si no tuvieras que pagar contribuciones locales (impuestos de la ciudad). Tampoco pueden darte un trato especial o diferente en lo que debes pagar. En pocas palabras, solo esas leyes mencionadas pueden decir quién paga o no paga impuestos en la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 7°.- No serán aplicables las disposiciones distintas a las establecidas en el Código Fiscal de la Ciudad de México, la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y en esta Ley, que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas físicas o morales como no sujetos de contribuciones locales, o les otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos o contribuciones locales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.