Artículo 9 de la LEY DE INGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las Alcaldías deben usar el dinero extra que reciben por un aumento de impuestos (explicado en otro artículo) para meterlo a un fondo especial de la ciudad llamado Fondo Adicional de Financiamiento de las Alcaldías. Ese dinero no lo pueden gastar en lo que quieran, sino que está destinado específicamente a ese fondo. Básicamente, asegura que el aumento de ciertos impuestos se use para apoyar económicamente a las Alcaldías de manera conjunta.
Texto oficial
Artículo 9°.- La proporción de los ingresos o las provisiones financieras generadas con motivo del incremento de tasa que establece el artículo 158 del Código Fiscal de la Ciudad de México que le correspondan a las Alcaldías, en términos de la Constitución Política de la Ciudad de México, deberán ser destinados por éstas al Fondo Adicional de Financiamiento de las Alcaldías.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.