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Ley
REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
51

Artículo 51 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 51 dice que un "concurso de oposición" es un tipo de examen o proceso donde se revisan y califican cosas como tus habilidades, conocimientos, estudios, experiencia laboral y méritos para ver si eres el adecuado para un puesto. Todo esto se hace de manera justa y sin favoritismos, con las mismas oportunidades para todos los que participan, especialmente si ya son servidores públicos. En pocas palabras, es una forma de elegir al mejor candidato para un trabajo en el gobierno, evaluando lo que sabes y has hecho.

Texto oficial

Artículo 51. El concurso de oposición tiene por objeto evaluar y calificar las aptitudes, capacidades, conocimientos, habilidades, méritos, formación académica, antecedentes y experiencia profesional calificada que demuestren los candidatos. El concurso de oposición se desarrollará sobre bases de imparcialidad, transparencia e igualdad de oportunidades para las personas servidoras públicas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 12) ↗

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