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Ley
REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
54

Artículo 54 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La convocatoria del concurso debe decir claramente qué puestos del Servicio Profesional de Carrera están disponibles y de qué rama son. También tiene que indicar los requisitos para participar, como documentos o experiencia. Además, debe explicar qué exámenes o pruebas se van a aplicar para evaluar a los participantes. La parte IV ya no es válida, así que no la tomes en cuenta.

Texto oficial

Artículo 54. La Convocatoria al concurso de oposición establecerá, entre otros aspectos, los siguientes: I. Plazas del Servicio profesional de Carrera y rama concursadas; II. Requisitos de participación; III. Instrumentos de evaluación; y IV. Se deroga.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 12) ↗

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