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Artículo 57 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para decidir quién gana un concurso de oposición (una competencia para obtener un puesto), se van a evaluar varias cosas. Primero, cuánto tiempo llevas trabajando en la institución y cómo ha sido tu paso por ahí. También se toman en cuenta qué tan bien haces tu chamba, si has tomado cursos para actualizarte y cómo te fue en ellos. Aparte, revisan si cumpliste con los programas de capacitación que pide el Instituto, cómo saliste en tus evaluaciones de desempeño y conocimientos, si seguiste las órdenes de cambio de puesto y, por último, tu historial profesional, administrativo y de estudios.

Texto oficial

Artículo 57. Los criterios de selección que se aplicarán en el concurso de oposición son los siguientes: I. Antigüedad y antecedentes en la institución y en el cargo que ocupa; II. Méritos y eficiencia demostrados en el desempeño del cargo que ocupa; III. Cursos de actualización y especialización, así como los resultados obtenidos en los mismos; IV. Actividades de profesionalización determinadas por el Instituto; V. Resultados obtenidos en la Evaluación del Desempeño y la Evaluación de Conocimientos Generales; VI. Cumplimiento de las ordenes de rotación de personal; y VII. Antecedentes profesionales, administrativos y académicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.