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Artículo 69 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto le avisará a la Coordinación General cómo quedó el proceso de evaluación o concurso. Con esa información, la Coordinación hará los cambios administrativos necesarios en el sistema. A partir de ese momento, los trabajadores que ganaron el concurso empezarán a recibir los beneficios y prestaciones del nuevo puesto que ganaron.

Texto oficial

Artículo 69. El Instituto informará a la Coordinación General los resultados del proceso correspondiente, para que realice los movimientos administrativos correspondientes a partir de lo cual, el personal promovido recibirá las prestaciones correspondientes al cargo concursado. Sección IV De los Estímulos y Reconocimientos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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