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Artículo 73 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 73 dice que cuando la Fiscalía te dé un premio o reconocimiento, te tienen que dar un documento que demuestre que te lo dieron. Ese documento se va a incluir en tu expediente laboral. También, si aplica, te tienen que autorizar para que puedas portar la medalla o el distintivo que te dieron.

Texto oficial

Artículo 73. Todo estímulo otorgado por la Fiscalía General, será acompañado de una constancia que acredite su otorgamiento y que será integrada al expediente del personal sustantivo, y en su caso, con la autorización de portación de la condecoración o distintivo correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.