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Ley
REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
93

Artículo 93 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto puede reconocer que tienes ciertas habilidades profesionales, ya sea entregándote un papel oficial o un certificado, en físico o por internet. Esto lo hará siguiendo las reglas que ponga el Consejo de Profesionalización. Además, otras dependencias del gobierno o empresas privadas también pueden certificar tus capacidades, siempre que el Instituto firme acuerdos con ellas.

Texto oficial

Artículo 93. El reconocimiento de las competencias profesionales se realizará a través de la emisión de documentos oficiales o de certificados de competencias profesionales que emita el Instituto, ya sean impresos o en formato electrónico, de conformidad con los lineamientos que apruebe el Consejo de Profesionalización. La certificación de competencias profesionales podrá ser ejecutada por instancias públicas o privadas, para lo cual el Instituto podrá suscribir los convenios correspondientes. CAPITULO V DEL CONSEJO DE PROFESIONALIZACIÓN

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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