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Artículo 59 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la autoridad administrativa hace algo que te perjudica durante una verificación, o emite una resolución que termina el proceso, tú puedes decidir qué hacer. Tienes dos opciones: presentar un recurso de inconformidad (que es un reclamo dentro del mismo proceso) según la Ley de Procedimiento, o ir a juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México (que es un juzgado especializado en asuntos con el gobierno). La ley te da el derecho de elegir cuál de estas dos vías usar para defenderte.

Texto oficial

Artículo 59. El visitado afectado por los actos de las autoridades administrativas y resoluciones que ponga fin al procedimiento de verificación podrán, a su elección, interponer el recurso de inconformidad previsto en la Ley de Procedimiento o intentar el juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.