Artículo 78 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Director General del Instituto es el encargado de iniciar, revisar y resolver todos los asuntos que le tocan a la institución. Para hacer su trabajo más rápido, se apoya en los empleados que están en las oficinas señaladas en el manual de organización. En otras palabras, no hace todo solo, sino que delega tareas a su equipo.
Texto oficial
Artículo 78.- El trámite, substanciación y resolución de los asuntos de la competencia del Instituto corresponden originalmente a su Director General, quien para su despacho, se auxiliará de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas que determine el Estatuto Orgánico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.