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Artículo 78 del REGLAMENTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Director General del Instituto es el encargado de iniciar, revisar y resolver todos los asuntos que le tocan a la institución. Para hacer su trabajo más rápido, se apoya en los empleados que están en las oficinas señaladas en el manual de organización. En otras palabras, no hace todo solo, sino que delega tareas a su equipo.

Texto oficial

Artículo 78.- El trámite, substanciación y resolución de los asuntos de la competencia del Instituto corresponden originalmente a su Director General, quien para su despacho, se auxiliará de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas que determine el Estatuto Orgánico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.