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Artículo 121 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe o jefa de la Secretaría Técnica de la Comisión de Honor y Justicia tiene varias tareas. Debe juntar todos los acuerdos y decisiones que tome la Comisión, organizarlos en un archivo y también sacar copias o certificados cuando los pidan. También tiene que llamar a reuniones a los miembros de la Comisión y darles la información que necesiten para hacer su trabajo. Además, propone los temas a tratar en cada junta, checa que haya suficientes personas para sesionar y firma las actas de lo que se decide. Por último, recibe todos los papeles que lleguen para la Comisión o sus integrantes y hace lo que más le pidan las reglas o la Presidencia.

Texto oficial

Artículo 121.- La persona Titular de la Secretaría Técnica de la Comisión de Honor y Justicia cuenta con las atribuciones siguientes: I. Compilar los acuerdos y resoluciones que tome o emita la Comisión de Honor y Justicia, organizar el archivo de éstos y de los instrumentos jurídicos que deriven, así como expedir las constancias o certificaciones respectivas; II. Convocar a sesión a las personas integrantes de la Comisión de Honor y Justicia; III. Proporcionar a las personas integrantes la información que requieran para desahogar los asuntos de su competencia; IV. Proponer el orden del día de los asuntos de cada sesión, previo acuerdo con la Presidencia; V. Verificar y solicitar a la persona Titular de la Presidencia la declaración de existencia de quórum legal para sesionar; VI. Proponer ante el Pleno, de manera anual, el calendario de sesiones ordinarias y los periodos de receso; VII. Levantar y firmar las actas de las sesiones, así como las resoluciones aprobadas por el Pleno; VIII. Recibir la documentación dirigida a la Comisión de Honor y Justicia o a sus integrantes, en el desempeño de su función como miembros del Órgano Colegiado, y IX. Las demás que le confiera este Reglamento, la Presidencia con aprobación del Pleno y las que le atribuya la normatividad aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

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