Artículo 18 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de un castigo para policías que cometan una falta: en lugar de una multa o cárcel, deben trabajar gratis para arreglar su error dentro de las instalaciones de la policía donde ocurrió el problema. Los trabajos pueden ser limpiar, pintar, restaurar lo que dañaron, hacer obras de ornato o dar pláticas a vecinos o estudiantes sobre convivencia. También pueden tomar cursos sobre autoestima, violencia familiar o cultura vial, por ejemplo, para corregir su comportamiento. Estas actividades las hacen fuera de su horario de trabajo y bajo la supervisión de su jefe directo, y las oficinas encargadas deben proporcionar los materiales necesarios.
Texto oficial
Artículo 18.- El trabajo en favor de la comunidad es el correctivo disciplinario que consiste en la prestación de servicios honoríficos de orientación, limpieza, conservación, restauración u ornato, en lugares localizados dentro de las instalaciones de la Secretaría donde se hubiere cometido la infracción, considerando lo siguiente: I. Limpieza, pintura o restauración dentro de la Secretaría en apoyo a la Dirección General de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios o Unidad Administrativa homóloga; II. Limpieza, pintura o restauración de los bienes dañados por el personal policial infractor o de la misma naturaleza, en apoyo a la Dirección General de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios o Unidad Administrativa homóloga; III. Elaboración e instalación de obras de ornato en lugares de uso común dentro de las instalaciones de la Secretaría donde se hubiere cometido la infracción; IV. Elaboración e instalación de obras de balizamiento, limpia o reforestación en lugares de uso común dentro de las instalaciones de la Secretaría donde se hubiere cometido la infracción; V. Impartición de pláticas a vecinos o educandos, relacionadas con la convivencia ciudadana o realización de actividades relacionadas con la profesión, oficio u ocupación del personal policial infractor, y VI. Asistir a los cursos, terapias, talleres dirigidos a enmendar su comportamiento, en materias como autoestima, escuela para padres, relación de pareja, cultura de la paz, prevención de las adicciones, prevención de la violencia familiar, equidad de género y cultura vial, entre otros. El trabajo en favor de la comunidad se efectuará a través del número de horas que deberá cumplir el personal policial dentro de las instalaciones de la Secretaría y fuera de la jornada de servicio, a fin de enmendar su comportamiento. Las Unidades Administrativas de la Secretaría enviarán a la persona Titular de la Dirección General de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios o Unidad Administrativa homóloga encargada de dicho mantenimiento, propuestas de trabajo en favor de la comunidad para que sean cumplidas por el personal policial infractor. El trabajo en favor de la comunidad se llevará a cabo bajo la supervisión del superior jerárquico por cargo, orden o comisión, al que se encuentre subordinado el personal policial, o el superior jerárquico en grado o categoría cuando se encuentre en actos de servicio. Las personas Titulares de las Unidades Administrativas de la Secretaría, proporcionarán los recursos materiales y financieros necesarios para la ejecución del trabajo en favor de la comunidad, por lo que deberán verificar la disposición de los mismos con la persona Titular de la Dirección General de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios o Unidad Administrativa homóloga. Asimismo, mensualmente harán del conocimiento los lugares, horarios y actividades en donde podrá realizarse el trabajo en favor de la comunidad. El trabajo en favor de la comunidad quedará registrado mediante un boletín, en el cual se plasmarán entre otros datos: la fecha, hora de inicio, conclusión, lugar de cumplimiento del mismo, el fundamento y la causa de su imposición.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.