Artículo 9 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el reglamento de la policía establece las faltas y castigos para los agentes que no cumplan con su deber. Los policías deben portarse con ética, disciplina y respeto a las leyes, siempre enfocados en proteger a las personas y sus derechos humanos. También tienen que tratar a todos por igual, sin distinción, y actuar con honestidad y profesionalismo. Su trabajo es prevenir la violencia, atender a la gente y ser transparentes en lo que hacen. Todo esto está basado en la Constitución y en los acuerdos internacionales que México ha firmado.
Texto oficial
Artículo 9.- El régimen disciplinario tiene como objetivo establecer las infracciones, normas y procedimientos destinados a prevenir, regular y sancionar al personal policial por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones o incumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con las disposiciones previstas en el presente Reglamento. El personal policial se debe desempeñar con ética, disciplina, con apego a los principios institucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo y honradez, así como por la perspectiva de género, la protección de la persona, su dignidad y el respeto a los derechos humanos, con enfoque diferenciado e incluyente, reconocidos en la Constitución Política y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Su función se sustenta en la protección integral de las personas y tiene como principios rectores la prevención social de las violencias y del delito, la atención a las personas, la transparencia en sus procedimientos y actuaciones, la garantía del ejercicio de los derechos humanos y libertades, así como la convivencia pacífica entre todas las personas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.