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Artículo 44 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública es el que decide las reglas para certificar a cada policía de manera individual. Esa certificación es como un examen que prueba si los policías cumplen con los requisitos para hacer su trabajo. Las reglas deben incluir los distintos tipos de acreditación que existen y los niveles de certificación que puede recibir una institución policial, como la Secretaría de Seguridad. También deben definir los estándares y las evaluaciones que se necesitan para obtener esa certificación. En pocas palabras, este artículo dice quién pone las reglas y qué deben incluir esas reglas para asegurar que los policías estén bien preparados.

Texto oficial

Artículo 44.- El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública es el encargado de establecer la política nacional en materia de certificación individual del personal policial. La citada política deberá incluir los tipos de acreditación y la clasificación de los grados de certificación institucional que podrá obtener la Secretaría, así como los estándares y las evaluaciones necesarias para su otorgamiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.