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Ley
REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
49

Artículo 49 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un policía suba de rango, tiene que participar en un concurso donde compite con otros compañeros del mismo nivel. El ascenso se lo dan a los que saquen las mejores puntuaciones en las evaluaciones, hasta llenar los lugares disponibles que dice la convocatoria. Si nadie alcanza el mínimo requerido, se puede cancelar la promoción de ese grado. Para poder subir, el policía debe cumplir con varias cosas: tener buenos resultados en los programas de profesionalización, pasar el examen de conocimientos de la convocatoria, sacar calificación de excelente o sobresaliente en su evaluación de desempeño, cumplir con los requisitos para mantenerse en el puesto y haber obtenido condecoraciones según el sistema de puntos de la convocatoria. Además, los policías que tienen puestos de mando también pueden participar en todos los concursos de promoción.

Texto oficial

Artículo 49.- En el Concurso de Promoción, el ascenso al grado inmediato superior, se otorgará al personal policial que obtenga los mejores resultados en las evaluaciones entre las personas concursantes para el mismo nivel hasta completar el número de plazas vacantes, según corresponda, señaladas en la Convocatoria. Asimismo, se podrá declarar desierta la promoción del grado si ninguna persona concursante alcanza los niveles mínimos establecidos en la misma. Para el ascenso del personal policial se deberán considerar, por lo menos: I. Los resultados obtenidos en los Programas de Profesionalización; II. Resultado aprobatorio en la evaluación de conocimientos prevista en la Convocatoria; III. Resultado excelente o sobresaliente en la evaluación del desempeño; IV. El cumplimiento de los requisitos de permanencia, y V. Las condecoraciones obtenidas, según corresponda, atendiendo al sistema de puntaje que se establezca de conformidad con la Convocatoria. Sin perjuicio de lo anterior, el personal policial que ocupe puestos de estructura, podrá participar en todos y cada uno de los concursos de promoción.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 16) ↗

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