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Artículo 53 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 53 habla de cómo los policías pueden subir de rango sin necesidad de un examen o concurso, solo por su buen trabajo. Si un policía ha tenido un desempeño constante y destacado durante los últimos tres años antes de pedir el ascenso, puede obtener el grado inmediato superior. Para calificar, se revisa su trayectoria laboral de ese periodo, según las reglas que se hayan establecido. En pocas palabras, es un premio al policía que ha trabajado bien y sin fallas por varios años seguidos.

Texto oficial

Artículo 53.- La promoción por Evaluación de Trayectoria, es el ascenso al grado inmediato superior que se otorgará al personal policial que haya mantenido un desempeño constante y destacado en su trayectoria mediante la evaluación de los tres años anteriores inmediatos a la presentación de la solicitud, de conformidad con los Lineamientos que se expidan en dicha materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.