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Artículo 96 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres policía y renunciaste por tu propia voluntad, puedes pedir volver a trabajar en la Secretaría. A eso se le llama "reingreso". Es como si te dieran la oportunidad de regresar a tu puesto después de haberte ido por decisión propia.

Texto oficial

Artículo 96.- El reingreso es el acto mediante el cual el personal policial que haya causado baja del servicio de manera voluntaria puede volver a incorporarse al Servicio Profesional de Carrera Policial en la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.