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Artículo 35 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un trabajador de base (que no es de confianza) está siendo investigado por alguna falta y lo suspenden mientras se resuelve el caso, tiene derecho a que le sigan pagando una parte de su sueldo. Concretamente, le deben dar el 30% de su salario normal y todos los beneficios de seguridad social, como el seguro médico o las prestaciones de ley. Ese 30% es justo para que pueda cubrir lo básico mientras dura el proceso.

Texto oficial

Artículo 35. El personal sustantivo sujeto a una investigación o procedimiento disciplinario que sea suspendido provisionalmente tendrá derecho a que se le garantice el mínimo vital consistente en el treinta por ciento de sus percepciones económicas ordinarias y el cien por ciento de las prestaciones de seguridad social.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.