Artículo 37 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los correctivos disciplinarios son castigos rápidos que se aplican para mantener el orden, el respeto y que el trabajo en la Fiscalía General funcione bien. Se aseguran de que el personal clave cumpla con sus obligaciones. Las medidas posibles son: un llamado de atención de palabra, un llamado de atención por escrito, pedir disculpas públicamente o realizar trabajo comunitario.
Texto oficial
Artículo 37. Los correctivos disciplinarios son medidas expeditas encaminadas a preservar la disciplina, el respeto, el orden y la adecuada prestación del servicio, asegurando el cumplimiento de los deberes y obligaciones concernientes al personal sustantivo de la Fiscalía General. Estas medidas son las siguientes: I. Amonestación verbal; II. Amonestación escrita; III. Disculpa pública; o IV. Trabajo en favor de la comunidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.