Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 1 del REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS UBICADAS EN LOS POLÍGONOS DE LA MAGDALENA MIXHUCA, BAJO ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA ALCALDÍA DE IZTACALCO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo define las palabras clave que se usan en todo el reglamento. "Magdalena Mixhuca" son las canchas y espacios deportivos, recreativos y culturales que están en Iztacalco. La "Administración" son los servidores públicos que la alcaldía pone para cuidar y manejar esos lugares. Los "Deportistas" son los jugadores, entrenadores y personal técnico de equipos o clubes. Y los "Usuarios" son todas las personas que entran a hacer deporte, recreación o simplemente pasear.

Texto oficial

Artículo 1. Definiciones. Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por: I. Magdalena Mixhuca: Conjunto de instalaciones deportivas, recreativas y culturales ubicadas en los polígonos administrados por la Alcaldía de Iztacalco; II. Administración: Funcionarios públicos designados por la Alcaldía para la gestión, operación y control de las instalaciones; III. Deportistas: Jugadores, entrenadores, coordinadores y personal técnico pertenecientes a clubes, asociaciones o instituciones; IV. Usuarios: Personas que ingresen para realizar actividades deportivas, recreativas, culturales o de esparcimiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.