Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 14 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando lleves tu coche a verificar y te pidan tus papeles, si el personal del centro se da cuenta de que algún documento es falso (apócrifo), tienen que avisar de inmediato a la Secretaría de Medio Ambiente. También deben notificar a la Secretaría de Seguridad Ciudadana o a la Fiscalía de la Ciudad de México, que son las autoridades encargadas de decidir qué hacer según la ley. Esto significa que te pueden meter en un problema legal por presentar documentos falsos. Así que siempre lleva papeles originales y verdaderos para evitar broncas.

Texto oficial

Artículo 14.-Cuando durante el proceso de verificación vehicular, el personal de los Centros de Verificación de Emisiones Vehiculares detecte que el propietario o poseedor del vehículo en trámite de verificación vehicular presente documentación apócrifa, deberá notificarlo de inmediato a la Secretaría y dar vista a la Secretaría de Seguridad Ciudadana o la Fiscalía General de Justicia, ambas de la Ciudad de México, instancias competentes para los efectos que conforme a derecho procedan. CAPÍTULO III DEL PROGRAMA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR OBLIGATORIA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.