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Artículo 12 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El oficio de comisión es un documento que sirve para que un inspector pueda hacer su trabajo. Este papel debe tener la fecha, la ley en la que se apoya, el nombre del personal asignado y las reglas que va a revisar. Además, debe llevar el sello y la firma de la autoridad que lo emitió, para que sea válido.

Texto oficial

Artículo 12.- El oficio de comisión deberá contar con fecha, fundamento legal, personal comisionado, normativa a verificar, y deberá contar con sello y firma de la autoridad competente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.