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Artículo 115 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN, AUDITORÍAS AMBIENTALES Y CERTIFICACIÓN DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍAS AMBIENTALES.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ya registraste tu proyecto ante el PCES (que es el sistema de certificación de edificios) y necesitas cambiar a la empresa o persona que se encarga de implementarlo, debes avisarle a la DGEIRA (la autoridad ambiental) por escrito. La carta tiene que ir firmada por ti como responsable del proyecto, explicando por qué cambias de implementador, dando los datos del nuevo encargado para seguir con el trámite, y adjuntando la carta que menciona el artículo 108, fracción III, de este reglamento.

Texto oficial

Artículo 115.- Una vez otorgado el registro al PCES, las edificaciones que requieran cambiar de Implementador deberán informar a la DGEIRA mediante escrito firmado por la Promovente, en donde se especifique el motivo o las causas para el cambio, los datos del nuevo Implementador para continuar con el proceso de certificación y la carta que hace referencia el artículo 108 fracción III del presente Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.