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Artículo 142 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN, AUDITORÍAS AMBIENTALES Y CERTIFICACIÓN DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍAS AMBIENTALES.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando renueves el Certificado de Edificación Sustentable, tienes que fijar metas para seguir mejorando. Esas metas deben ayudarte a mantener y subir de nivel cómo estás cuidando el ambiente. También aplica para las acciones ecológicas que ya hayas puesto en marcha en tu construcción.

Texto oficial

Artículo 142.- Durante la revalidación del Certificado de Edificación Sustentable la Promovente deberá establecer objetivos de mejora continua que permitan conservar y mejorar los resultados del Desempeño Ambiental y de las Acciones de Sustentabilidad implementadas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.