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Artículo 69 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN, AUDITORÍAS AMBIENTALES Y CERTIFICACIÓN DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍAS AMBIENTALES.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México publica una invitación oficial para que personas o empresas que quieran ser auditores ambientales se anoten y registren. Ese aviso sale en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que es como el periódico donde se publican las leyes y anuncios importantes del gobierno. Si tú o tu negocio están interesados en convertirte en auditor ambiental, deben estar pendientes de esa convocatoria anual para participar en el proceso de selección.

Texto oficial

Artículo 69.- La convocatoria para el proceso de selección y registro para las personas físicas o morales que deseen formar parte del Padrón de Auditores Ambientales de la Ciudad de México se publicará anualmente por la Secretaría en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.