Artículo 82 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN, AUDITORÍAS AMBIENTALES Y CERTIFICACIÓN DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍAS AMBIENTALES.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres entrar a un Programa de Autorregulación ambiental, tienes que mandar una solicitud por escrito a la dependencia correspondiente. Debes entregar un formato oficial de registro, un escrito donde digas quién será el responsable del programa y cómo contactarlos, y un informe que muestre tu situación actual como empresa. También necesitas comprobantes de que eres dueño o rentas el lugar, tu identificación oficial (INE o pasaporte), tu constancia de situación fiscal del SAT que no tenga más de tres meses, y un recibo de servicios (como agua, luz o predial) con la misma dirección de tu solicitud. Si eres una empresa, agrega el acta constitutiva y, si aplica, un poder notarial del representante legal.
Texto oficial
Artículo 82.- Las Promoventes interesadas en ser parte de uno de los Programas de Autorregulación, deberán manifestarlo por escrito ante la DGEIRA o DGCA según corresponda, mediante la presentación de los siguientes documentos: I. Solicitud de registro al programa de autorregulación, mediante el formato de solicitud vigente; II. Escrito libre, firmado por el interesado, apoderado o representante legal de la Fuente Fija o Móvil donde establezca al responsable en dar seguimiento al Programa de Autorregulación al que solicita inscribirse, así como los datos necesarios para establecer comunicación; III. Línea Base para Fuente Fija o para Fuente Móvil según sea el caso y Documentación Probatoria, que demuestre la situación actual de la Promovente; en el ámbito del Programa de Autorregulación al que solicita inscribirse; IV. Adicionalmente, la Promovente deberá presentar los siguientes documentos: a) Documento con el que acredite la legítima propiedad o posesión de la Fuente Fija, los documentos aceptados son escritura, contrato de arrendamiento, u otros equivalentes; b) Identificación oficial vigente con fotografía de la promovente, representante legal o apoderado. Los documentos aceptados como identificación oficial son: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores de México; c) Constancia de Situación Fiscal de la Promovente, con una expedición no mayor a tres meses al momento de la solicitud emitida por el Servicio de Administración Tributaria; d) Comprobante de domicilio de la Fuente Fija o Móvil, con una antigüedad que no exceda de tres meses los documentos aceptados son: recibo por servicio de agua, servicio telefónico, pago por impuesto predial, certificado de uso de suelo, recibo de servicio de luz siempre y cuando este último coincida con la dirección manifestada en el formato de solicitud. e) Tratándose de personas morales, el acta constitutiva inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio; f) Copia certificada del instrumento notarial que acredite las facultades del representante o apoderado legal para realizar el trámite, cuando resulte aplicable; y g) Los demás que especifiquen los Programas de Autorregulación publicados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.