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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14423/11
Ley
REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA
Artículo
11

Artículo 11 del REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tú, como encargado de una fuente fija (como una fábrica o taller), tienes la obligación de cumplir al pie de la letra todo lo que diga la Plataforma Digital sobre tu funcionamiento. Esto significa que debes revisar y seguir siempre las reglas, requisitos o indicaciones que aparezcan ahí. Si no lo haces, eres directamente responsable de cualquier falta o problema que ocurra. En pocas palabras, la ley te exige estar al tanto de lo que marca la plataforma y acatarlo sin excusas.

Texto oficial

Artículo 11. El responsable de la Fuente Fija tendrá la plena responsabilidad de observar y cumplir en todo momento con lo que se indique en la Plataforma Digital.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.